Esperanza lejos de casa
Para 2023, el tema para el Día del refugiado se designó: “Esperanza lejos de casa”.
El 20 de junio de cada año, se celebró el día Mundial del Refugiado, un festejo internacional que realiza Naciones Unidas para honrar a las personas refugiadas y desplazadas del mundo. Para 2023, el tema para el Día del refugiado se designó: “Esperanza lejos de casa”.
Su objeto es que no se deje pasar por alto la fortaleza y el coraje de las personas que se han visto en la imperiosa necesidad de abandonar su casa para escapar de violencia, conflictos o persecuciones.
En este día se aprovecha para hacer conciencia y empatía hacia aquellas personas refugiadas y/o desplazadas, en el conocimiento de las difíciles circunstancias en las que se encuentran.
Del mismo modo, este día permite reconocer su gran capacidad de resiliencia para rehacer su vida en lugares, a veces, totalmente adversos a Toño lo que representan.
Gran número de desplazamientos
En este preciso momento, 100 millones de personas se han visto obligadas a desplazarse por causa de la guerra, la violencia o la persecución.
Una pregunta prudente radica en identificar quién puede considerarse refugiado acorde a sus circunstancias. De acuerdo a estimaciones de ACNUR, cada minuto, al menos veinticuatro personas dejan todo para escalar de acontecimientos como conflictos armados, guerra o persecución. Razón por la cual existen al menos 5 categorías de personas desplazadas de manera forzosa.
Grupo Prioritario
En primer lugar se menciona a los refugiados, grupo prioritario que se define como toda persona que debido a fundamentadas temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u por expresar sus opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su origen y no puede, a causa de lo antes mencionado, no puede acogerse a la protección de su país.
O bien, que careciendo de nacionalidad y encontrándose, a consecuencia de dichos acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o no quiera regresar a él, evidentemente debido a dichos temores.
En segundo lugar están los solicitantes de asilo, que son aquellos quienes solicitan el reconocimiento de la condición de refugiado y cuya solicitud todavía no ha sido evaluada en forma definitiva. Se estima que alrededor de 1 millón de personas solicitan asilo de forma individual cada año.
En tercer lugar están los desplazadas internos quienes por alguna razón aún no han cruzado las fronteras de sus países para buscar la seguridad. A diferencia de los refugiados, su salida se da dentro de su propio país. Si bien pueden haber escapado por razones similares a las de los refugiados, en este caso permanecen bajo la protección de su gobierno, aun cuando el mismo gobierno se convierte en una de las causas de su huida.
En cuarto lugar están las personas apátridas no cuentan con nacionalidad reconocida y, por ende, pueden tener dificultades para acceder a derechos humanos. Millones de personas se encuentran en esta condición jurídica. y
Repatriados
Finalmente están los retornados, o también conocidos como repatriados, son aquellas personas que consiguen regresar a su hogar.
En este sentido, los refugiados se encuentran entre las personas más vulnerables del mundo. Entre los mecanismos legales que amparan di protección internacional está la Convención sobre el Estatuto delos Refugiados de 1951, donde se advierte que los refugiados merecen como mínimo los mismos estándares de tratamiento que el resto de extranjeros en un país y, en muchos casos, el mismo tratamiento que los nacionales.
Así, la Convención de 1952, define quien es o no un refugiado. Y también, establece el principio de no devolución.
Es decir, este principio establece que un refugiado no debe ser devuelto a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida.
Sin embargo, esta protección no puede reclamarse por los refugiados que están considerados un peligro razonable para la seguridad del país, que hayan sido condenados por un delito grave o que se consideren un peligro para la comunidad.
Los derechos contenidos en la Convención de 1951 incluyen:
- Derecho a no ser expulsado, excepto bajo ciertas condiciones estrictamente definidas
- Derecho a no ser castigado por entrada ilegal en el territorio de un Estado contratante
- Derecho al empleo remunerado
- Derecho a la vivienda
- Derecho a la educación pública
- Derecho a la asistencia pública
- Derecho a la libertad de religión
- Derecho al acceso a los tribunales
- Derecho a la libertad de circulación dentro del territorio
- Derecho a emitir documentos de identidad y de viaje
Un refugiado adquiere el derecho a otros derechos cuanto más tiempo permanezcan en el país de destino.
Pero nunca, nunca será como estar en casa.
Doctor en Sociología y Antropología por la Universidad Complutense de Madrid; Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I; Servidor público de la SEPH y profesor de El Colegio del Estado de Hidalgo. Activista del perreo y el corrido B, a veces pone música, estoico seguidor del Atlético de Madrid y fifas de llano.